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Estatutos Sociales
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CAPÍTULO V: LA SECRETARÍA GENERAL
Art. 28.: FUNCIONES
Corresponde a quien ostente la Secretaría General las siguientes funciones:
1. Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea y redactar y autorizar sus actas con su firma junto a la de quien desempeñe la Presidencia.
2. Redactar la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva, Del Comité de Asociaciones y de la Asamblea siguiendo las instrucciones de la Presidencia.
3. Dar cuenta inmediata a la Presidencia de la solicitud de convocatoria efectuada por los socios en la forma prevista en los presentes Estatutos.
4. Tener bajo su responsabilidad y custodia el archivo, documentos, sellos y libros de la Federación, a excepción del/los libros de contabilidad.
5. Recibir y cursar los actos de comunicación de los Miembros de la Junta Directiva y de los Miembros Asociados, así como las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones, certificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
6. Llevar el registro de los distintos miembros de la UNASORD anotando en el mismo las altas y bajas que se produzcan y tramitar los acuerdos sociales inscribibles a los Registros que correspondan.
7. Preparar el despacho de los asuntos, la documentación que haya de ser utilizada o tenida en cuenta y redactar la correspondencia, sin perjuicio de recabar la firma o visto bueno de la Presidencia cuando proceda.
8. Expedir certificaciones de los acuerdos aprobados y cualesquiera otras certificaciones, con el visto bueno de la Presidencia, así como los informes que fueren necesarios.
9. Llevar a cabo las funciones de Tesorería, siempre y cuando esta modalidad no se contemple en los Estatutos con arreglo a las instrucciones, plan de trabajo, intervenciones y demás actos que le sean conferidos por la Junta Directiva de la UNASORD.
10. Cualesquiera otras funciones inherentes a la Secretaría.
En los casos de ausencia o enfermedad de la persona que ostente la Secretaría y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, sus funciones serán realizadas por el vocal que designe la propia Junta Directiva.